martes, 21 de julio de 2009
Impuesto de Sociedades I
Hola bloggers... ya tratamos en la anterior entrada el reparto de dividendos, y ahora que julio ya está tocando a su fin, y con él los impuestos trimestrales, las cuentas anuales y el impuesto de sociedades, vamos a tratar cómo contabilizar el impuesto de sociedades.
Nos vamos a encontrar varios casos, hoy trataremos cuando el impuesto sale positivo.
1º.- Impuesto positivo con descuento de pagos fraccionados:
En cuyo caso el asiento sería el siguiente:
6300. Impuesto corriente (por la cuota a pagar del impuesto)
a
473. Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (por los pagos ya realizados a Hacienda)
4752. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades (por la diferencia entre la cuota del impuesto y los pagos realizados)
2º.- Impuesto positivo sin pagos a cuenta:
6300. Impuesto corriente a 4752. Hacienda Pública, acreedor por impuesto sobre sociedades.
(tanto en el debe como en el haber, la cantidad a pagar del impuesto)
Dejaremos para la próxima entrada los casos de pérdidas de ejercicios anteriores y pérdidas en el ejercicio actual, ya que en Círculo Gacela esperamos que no sea vuestro caso.
Esperamos haber sido de ayuda a aquellos para los que julio es un mes laborioso, y a los que ya estáis disfrutando de las merecidas vacaciones estivales... seguid así, nosotros continuaremos trabajando para que cuando os reincorporéis al trabajo, podáis resolver vuestras pequeñas dudas contables a través del blog de Círculo Gacela.
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