CONTABILIDAD
:: CÍRCULO GACELA SL ::

ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA CONTABILIDAD PARA MICRO EMPRESA Y AUTÓNOMO

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lunes, 18 de mayo de 2009

El recargo de equivalencia

Desde Círculo Gacela intentamos tratar temas cotidianos a todos o casi todos los empresarios, especialmente a nuestros clientes que son los que nos dan la experiencia necesaria para intentar darles cada día un mejor servicio. Como ya sabéis si sois seguidores de este blog, desde aquí queremos romper esa idea de que la contabilidad es algo dificilísimo de entender, pero también queremos aclarar esas pequeñas dudas que todos tenemos de conceptos o términos que nos suenan, que usamos todos los días pero que en realidad no tenemos muy claro de que se trata.
Así que vamos allá, lo primero que vamos a hacer hoy es explicar un poco de que se trata este régimen especial del recargo de equivalencia:
"Los proveedores repercuten al comerciante en la factura el IVA correspondiente más el recargo de equivalencia, por separado y a los siguientes tipos:

  • Artículos con IVA del 16%: recargo del 4%
  • Artículos con IVA del 7%: recargo del 1%
  • Artículos con IVA del 4%: recargo del 0.5%
  • Tabaco: recargo al 1.75%

En el régimen de recargo de equivalencia el comerciante no está obligado a efectuar ingreso alguno por la actividad, salvo por las adquisicones intracomunitarias, cuando sea sujeto pasivo por inversión y por las ventas de inmueble con renuncia a la exención"
Este régimen se aplica a los comerciantes minoristas salvo que comercialicen una serie de productos que podéis consultar pinchando aquí.
Una de las ventajas de este régimen es que no obliga a emitir factura (con excepciones) por las ventas ni a llevar libros contables salvo que se compatibilice este régimen con otro en el que sí que sea obligatorio.
A día de hoy llevar una empresa sin tener un control contable de la misma es un suicidio empresarial , así que aunque el régimen no nos obligue a hacerlo, Círculo Gacela os recomienda que lo hagáis, que llevéis una contabilidad para saber en todo momento el estado de la empresa.
Como el empresario dado de alta es este régimen no hace declaración de IVA, las facturas recibidas de sus proveedores con IVA y Recargo se contabilizan del siguiente modo, por el importe total de la factura:

600 Compra de mercaderías a 57/400 Tesorería/Proveedores

Como podéis comprobar, no desglosamos ni el IVA ni el recargo, ya que simplemente es un mayor coste de la mercancía.
A la hora de vender después estas mercancías es asiento será el siguiente:

430/57 Clientes/Tesorería a 700 Venta de mercaderías (por el importe de la mercancía más el IVA que repercutimos)

Esperamos que os ayude esta información a en vuestro día a día empresarial. Intentaremos seguir ayudando a hacer más llevadera la difícil tarea de ser empresario. Para ello seguiremos trabajando. Nos vemos en la siguiente entrada.
Un saludo...

viernes, 20 de febrero de 2009

Como contabilizar descuentos en facturas recibidas

- Círculo Gacela, buenos días
- Hola, buenos días. ¿Cómo contabilizo una factura con descuentos?, ¿cuántas veces hemos oído esta pregunta de alguno de nuestros clientes de Círculo Gacela que está empezando a hacerse cargo de su contabilidad? Muchas veces, por eso vamos a tratar de explicar un poco el tipo de descuentos que pueden aparecer en facturas y su tratamiento contable.
La primera diferencia a tener en cuenta es si la factura es emitida o recibida. Hoy trataremos las facturas recibidas, es decir, las de compras realizadas por nosotros a nuestros proveedores o acreedores.
A la hora de contabilizar una factura recibida nos podemos encontrar con un descuento por pronto pago, rappels por compras o descuentos comerciales.
- Descuento por pronto pago: son descuentos y asimilados no incluidos en factura que nos conceden las empresas proveedoras por el pago al contado o en unas fechas determinadas.
- Rappels por compras: son descuentos y asimilados que nos aplican por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos. Éstos se imputan directamente como un menor valor de las existencias.
- Descuentos comerciales: simplemente minoran el valor de la factura
Tenemos que recordar que según el PGC, "cualquier descuento minora el valor de la compra", por lo tanto el valor de nuestras existencias sería el valor de las existencias menos el valor del descuento.
Vemos un ejemplo:
Compramos 100 unidades de un producto X a 100 €c/u, nos aplican un descuento por pronto pago de 200 €, por un pago en efectivo. El proveeor nos aplica un rappel de 300€ y un descuento comercial de 1€ en cada unidad.
El asiento sería el siguiente:
- Por el debe:
9.900 (600)Compra de mercaderías
- Por el haber:
(609) Rappels sobre compras 300
(606) Descuento sobre compras por pronto pago 200
(570) Caja, euros 11.000

El descuento comercial de 1€ la unidad son 100 € que restan del importe de la compra.
En el caso de que esta operación estuviera sujeta a IVA, habría que calcular el importe de la compra menos los tres descuentos y luego aplicar el porcentaje de IVA.
En Círculo Gacela somos conscientes de la complejidad de algunos temas contables, aún así no cesamos en nuestro empeño de intentar explicarlos y aclarar las dudas que puedan surgir al respecto de la forma más fácil posible. Esperamos que esta información os sea útil para vuestro día a día.
Hasta pronto

jueves, 12 de febrero de 2009

Proveedores o Acreedores

Queremos aprovechar la oportunidad que nos da este blog de Círculo Gacela para llegar cada día a más gente y aclarar una de las dudas contables que más se repiten entre nuestros clientes:

¿Proveedor o Acreedor?

La diferencia a priori puede no parecer muy importante, pero debemos aprender a diferenciarlos correctamente para poder contabilizarlos, para ello debemos tener en cuenta:
  • Proveedores (400), recoge los débitos con compradores de mercaderías y demás bienes definidos en el grupo 3 (Existencias), así como servicios, siempre que se destinen a una actividad principal. Figura en el pasivo corriente del balance.
  • Acreedores (410), recoge las deudas con suministradores de servicios que no tienen la condición estricta de proveedores. Figuran al igual que estos en el pasivo del balance. Se incluyen en acreedores los siguientes servicios:
- arréndamientos y cánones
- reparaciones y conservación
- servicios de profesionales independientes
- transportes
- primas de seguros
- servicios bancarios y similares
- gastos en investigación y desarrollo del ejercicio
- publicidad, propaganda y relaciones públicas
- suministros
- otros servicios
Para ver estas diferencias más clarar vamos a poner un ejemplo:
Para el dueño de una pastelería, aquellos que le suministran harinas, azúcar, huevos... son sus proveedores. Estos productos son imprescindibles para la elaboración y venta al público de los pasteles.
Sin embargo, su abogado, su gestor, la compañía de teléfono, una empresa que le ha instalado una alarma o una tienda que le ha vendido unos ordenadores, le suministran una serie de productos y servicios que, evidentemente, no están relacionados de forma directa con la actividad principal de la empresa, estos últimos serían sus acreedores.
La estructura de los asientos sería:
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600. Compras de mercaderías
472. H.P. Iva soportado a 400. Proveedores
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62. Servicios exteriores
472. H.P. Iva soportado a 410. Acreedores
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La intención del departamento de Gestión de Círculo Gacela sigue siendo la de hacer más fácil la contabilidad para empresarios y autónomos a los que cada día les surgen dudas que esperamos ir aclarando desde este espacio.
Hasta pronto.