En la entrada del 16 de marzo de 2009, os hablamos de como contabilizar el descuento de efectos, pero dejamos pendiente la contabilización en caso de que el cliente no atendiera el pago de su deuda al vencimiento previsto, por ser tema suficiente para otro blog. Y como ya sabéis, al equipo de Círculo Gacela le gusta cumplir su palabra y nos hemos comprometido a tratar este tema así que, ¡allá vamos!
Descuento de efectos con impago por parte del cliente a su vencimiento.
Ya tenemos contabilizada la venta, continuamos con el asiento correspondiente a llevar el efecto al banco para su descuento:
DEBE
572. Bancos
665. Intereses por descuento de efectos (por el importe de los intereses)
HABER
5208. Deudas por efectos descontados
Cuando llegado el vencimiento el cliente no paga el efecto, el banco nos cobra por la devolución y lo contabilizamos del siguiente modo:
5208. Deudas por efectos descontados
669. Otros gastos financieros (gtos. de devolución) a 572. Bancos
Ahora la deuda la tenemos con el banco, así que tenemos que reflejar contablemente que los efectos comerciales descontados ahora son impagados, lo haremos con el siguiente asiento:
4315.Efectos comerciales impagados a 4311.Efectos comerciales descontados
Lo que tenemos que hacer a continuación es girarle a nuestro cliente una nueva letra que incluirá además de la deuda que tiene con nosotros los gastos de devolución e intereses por el aplazamiento, el asiento sería el siguiente:
DEBE
4310. Efectos comerciales en cartera
HABER
4315. Efectos comerciales impagados
769. Otros ingresos financieros
Una vez realizados estos pasos, nos queda esperar que efectivamente el cliente pague este nuevo efecto a su vencimiento, para la contabilización os remitimos a la entrada del 16 de marzo, que posiblemente también os ayude a la hora de comprender mejor esta entrada de hoy.
Desde el departamento de Gestión de Círculo Gacela esperamos como siempre que esta información os sea de utilidad y que la podais aplicar a vuestro día a día empresarial, y quien sabe... algún día la contabilidad no tendrá secretos para vosotros...
Un saludo y hasta la próxima...
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viernes, 24 de abril de 2009
lunes, 16 de marzo de 2009
Descuento de efectos
En Círculo Gacela se repiten mucho las frases: falta de financiación, falta de liquidez... estos términos son los grandes enemigos del empresario, sobre todo del autónomo o pequeño empresario. Para contrarestar estas situaciones usamos distintas herramientas para poder equilibrar los cobros y los pagos de nuestra empresa, en este blog ya hablamos de como contabilizar préstamos y pólizas de crédito, hoy trataremos el Descuento de Efectos.
Es normal que cuando vendemos algún producto o prestamos algún servicio nuestros clientes nos paguen con efectos de giro aceptados, si es así tenemos 2 opciones, esperar a que venza la letra para cobrar o descontarla y así tener liquidez antes. Tanto si optamos por una opción u otra el asiento de la venta sería el siguiente:
Activo:
4310. Efectos comerciales en cartera
Pasivo:
700. Venta de mercaderías
477. H.P. Iva repercutido
Si esperamos a que pase el vencimiento cuando llegue esta fecha realizaríamos el siguiente asiento:
57x. Tesorería a 4310. Efectos comerciales en cartera
Pero si optamos por la opción del descuento para disponer de efectivo con el que seguir trabajando, el tratamiento contable sería el siguiente:
1.- Una vez que tenemos la venta contabilizada, y llevamos el efecto a descontar:
572.Bancos
665.Intereses por dto de efectos(por el importe de los intereses) a 5208.Deudas por efectos descontados
2.- Una vez que el cliente pague la deuda que tiene con nosotros:
5208.Deudas por efectos descontados a 4311.Efectos comerciales descontados
Todo esto siempre y cuando nuestro cliente salde su deuda a la fecha de vencimiento del efecto, si no el tratamiento contable una vez que sabemos que no ha pagado la deuda sería un poco más complejo y por tanto tema para otro día...
Esperamos que os sirva de ayuda, y nos despedimos hasta la próxima entrada.
Es normal que cuando vendemos algún producto o prestamos algún servicio nuestros clientes nos paguen con efectos de giro aceptados, si es así tenemos 2 opciones, esperar a que venza la letra para cobrar o descontarla y así tener liquidez antes. Tanto si optamos por una opción u otra el asiento de la venta sería el siguiente:
Activo:
4310. Efectos comerciales en cartera
Pasivo:
700. Venta de mercaderías
477. H.P. Iva repercutido
Si esperamos a que pase el vencimiento cuando llegue esta fecha realizaríamos el siguiente asiento:
57x. Tesorería a 4310. Efectos comerciales en cartera
Pero si optamos por la opción del descuento para disponer de efectivo con el que seguir trabajando, el tratamiento contable sería el siguiente:
1.- Una vez que tenemos la venta contabilizada, y llevamos el efecto a descontar:
572.Bancos
665.Intereses por dto de efectos(por el importe de los intereses) a 5208.Deudas por efectos descontados
2.- Una vez que el cliente pague la deuda que tiene con nosotros:
5208.Deudas por efectos descontados a 4311.Efectos comerciales descontados
Todo esto siempre y cuando nuestro cliente salde su deuda a la fecha de vencimiento del efecto, si no el tratamiento contable una vez que sabemos que no ha pagado la deuda sería un poco más complejo y por tanto tema para otro día...
Esperamos que os sirva de ayuda, y nos despedimos hasta la próxima entrada.
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viernes, 20 de febrero de 2009
Como contabilizar descuentos en facturas recibidas
- Círculo Gacela, buenos días
- Hola, buenos días. ¿Cómo contabilizo una factura con descuentos?, ¿cuántas veces hemos oído esta pregunta de alguno de nuestros clientes de Círculo Gacela que está empezando a hacerse cargo de su contabilidad? Muchas veces, por eso vamos a tratar de explicar un poco el tipo de descuentos que pueden aparecer en facturas y su tratamiento contable.
La primera diferencia a tener en cuenta es si la factura es emitida o recibida. Hoy trataremos las facturas recibidas, es decir, las de compras realizadas por nosotros a nuestros proveedores o acreedores.
A la hora de contabilizar una factura recibida nos podemos encontrar con un descuento por pronto pago, rappels por compras o descuentos comerciales.
- Descuento por pronto pago: son descuentos y asimilados no incluidos en factura que nos conceden las empresas proveedoras por el pago al contado o en unas fechas determinadas.
- Rappels por compras: son descuentos y asimilados que nos aplican por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos. Éstos se imputan directamente como un menor valor de las existencias.
- Descuentos comerciales: simplemente minoran el valor de la factura
Tenemos que recordar que según el PGC, "cualquier descuento minora el valor de la compra", por lo tanto el valor de nuestras existencias sería el valor de las existencias menos el valor del descuento.
Vemos un ejemplo:
Compramos 100 unidades de un producto X a 100 €c/u, nos aplican un descuento por pronto pago de 200 €, por un pago en efectivo. El proveeor nos aplica un rappel de 300€ y un descuento comercial de 1€ en cada unidad.
El asiento sería el siguiente:
- Por el debe:
9.900 (600)Compra de mercaderías
- Por el haber:
(609) Rappels sobre compras 300
(606) Descuento sobre compras por pronto pago 200
(570) Caja, euros 11.000
El descuento comercial de 1€ la unidad son 100 € que restan del importe de la compra.
En el caso de que esta operación estuviera sujeta a IVA, habría que calcular el importe de la compra menos los tres descuentos y luego aplicar el porcentaje de IVA.
En Círculo Gacela somos conscientes de la complejidad de algunos temas contables, aún así no cesamos en nuestro empeño de intentar explicarlos y aclarar las dudas que puedan surgir al respecto de la forma más fácil posible. Esperamos que esta información os sea útil para vuestro día a día.
Hasta pronto
- Hola, buenos días. ¿Cómo contabilizo una factura con descuentos?, ¿cuántas veces hemos oído esta pregunta de alguno de nuestros clientes de Círculo Gacela que está empezando a hacerse cargo de su contabilidad? Muchas veces, por eso vamos a tratar de explicar un poco el tipo de descuentos que pueden aparecer en facturas y su tratamiento contable.
La primera diferencia a tener en cuenta es si la factura es emitida o recibida. Hoy trataremos las facturas recibidas, es decir, las de compras realizadas por nosotros a nuestros proveedores o acreedores.
A la hora de contabilizar una factura recibida nos podemos encontrar con un descuento por pronto pago, rappels por compras o descuentos comerciales.
- Descuento por pronto pago: son descuentos y asimilados no incluidos en factura que nos conceden las empresas proveedoras por el pago al contado o en unas fechas determinadas.
- Rappels por compras: son descuentos y asimilados que nos aplican por haber alcanzado un determinado volumen de pedidos. Éstos se imputan directamente como un menor valor de las existencias.
- Descuentos comerciales: simplemente minoran el valor de la factura
Tenemos que recordar que según el PGC, "cualquier descuento minora el valor de la compra", por lo tanto el valor de nuestras existencias sería el valor de las existencias menos el valor del descuento.
Vemos un ejemplo:
Compramos 100 unidades de un producto X a 100 €c/u, nos aplican un descuento por pronto pago de 200 €, por un pago en efectivo. El proveeor nos aplica un rappel de 300€ y un descuento comercial de 1€ en cada unidad.
El asiento sería el siguiente:
- Por el debe:
9.900 (600)Compra de mercaderías
- Por el haber:
(609) Rappels sobre compras 300
(606) Descuento sobre compras por pronto pago 200
(570) Caja, euros 11.000
El descuento comercial de 1€ la unidad son 100 € que restan del importe de la compra.
En el caso de que esta operación estuviera sujeta a IVA, habría que calcular el importe de la compra menos los tres descuentos y luego aplicar el porcentaje de IVA.
En Círculo Gacela somos conscientes de la complejidad de algunos temas contables, aún así no cesamos en nuestro empeño de intentar explicarlos y aclarar las dudas que puedan surgir al respecto de la forma más fácil posible. Esperamos que esta información os sea útil para vuestro día a día.
Hasta pronto
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